Reforma Tributaria: unas de cal, otras de arena

Con la ley 1819 de 2016, más conocida como Reforma Tributaria, el IVA pasó de una tarifa general de 16% a 19% lo que significa que todos los bienes y servicios gravados con ese impuesto desde el primero de febrero de 2017, son tres puntos porcentuales más costosos.

Esto sin contar el aumento de la base, es decir, el valor sobre el cual se calcula el impuesto y su nueva tarifa que por condiciones de mercado también puede verse incrementado.

 

Impacto en la canasta familiar

 

Estos tres puntos de incremento no aplican sobre los bienes y servicios excluidos, lo que no quiere decir que estén excluidos de tener IVA.

 

En efecto lo tienen a la nueva tarifa del 19%, e impacta el valor de la base porque modifica el costo y por ende el precio final, así la tarifa al consumidor final sea 0%.

 

Es real que la leche, los huevos, el queso, las carnes, los cereales, los servicios médicos, la educación y el transporte público no pagan IVA por ser excluidos, pero no es cierto que el incremento de la tarifa al 19% no impacte su estructura de costos y por ende valor final.

 

Para el día a día de la economía doméstica, hay temas positivos en la Reforma, por ejemplo, bicicletas y carros eléctricos pagarán un IVA del 5% con una disminución de 11 puntos porcentuales, lo que estimula su consumo. Así ocurre con los servicios de internet para los estratos 1, 2 y 3, los teléfonos inteligentes de menos de $650 mil y los computadores de hasta $1,5 millones.

 

En los tres caos, son bienes sin IVA o dicho de otra manera, con tarifa 0%. Sin embargo, no es en la compra de los anteriores bienes y servicios que se concentra el grueso del consumo de la población colombiana, la demanda en cambio sí está marcadamente asociada a la nueva tarifa del impuesto y se sentirá en el día a díay con mayor intensidad a partir de febrero de 2017 cuando finalice el período de transición para remar – car precios con el 19% y para ajustar los medios tecnológicos que utiliza el comercio.

 

Renta para personas naturales y jurídicas En esta materia la Reforma trae una gran reducción en la comple – jidad gracias a la eliminación de algunos mecanismos que el mismo Gobierno había creado en dos reformas anteriores y que lejos de facilitar el recaudo complicaron la vida de contribuyes y responsables de dichos impuestos. Para las personas naturales se crea el gravamen a los dividendos y lo pagarán a una tarifa del 5% quienes reciban más de $18 millones y del 10% quienes reciban más de $30 millones.

 

Este grupo de contribuyentes también ve limitado el porcentaje de sus exenciones y deducciones hasta el 40% de sus ingresos tota – les sin incluir los aportes obligato – rios a la seguridad social que teó – ricamente pueden ser del 9%. Así las cosas, una persona con $200 millones de ingresos anuales por diversas fuentes, podría llegar a tributar únicamente sobre el 51% de sus ingresos totales.

 

Para finalizar, vale la pena decir que la Reforma práctica – mente mantuvo sin la obligación de declarar a personas con ingresos mensuales por debajo de los $3,7 millones mensuales de base gravable y que en ese seg – mento se concentra el grueso de la población economía productiva colombiana.

 

Autor: Edgar Oswaldo Peña Salamanca

Ex directivo de la Dian y especialista en Gerencia de Impuestos y Aduanas

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